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      <journal-id journal-id-type="publisher">Anatomía Digital</journal-id>
      <issn>2697-3391</issn>
      <publisher>
          <publisher-name>Ciencia Digital Editorial</publisher-name>
      </publisher>
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      <article-id pub-id-type="publisher-id">10</article-id>
      <article-id pub-id-type="other">v8n2.2-10</article-id>
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              <subject>Multidisciplinar</subject>
          </subj-group>
      </article-categories>
      <title-group>
          <article-title>Restauración de vehículos alterados por el método de conducción.</article-title>
          <article-title xml:lang="en">Restoration of vehicles altered by the conduction method </article-title>
      </title-group>
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                <surname>Juan Andrés </surname>
                <given-names>Silva Masa</given-names>
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                <surname>Freddy Rodolfo</surname>
                <given-names>Sánchez Polit</given-names>
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                <surname>Cristhian Javier</surname>
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                <surname>Gabriela Carolina</surname>
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        <institution content-type="dept">Sargento de la Policía Nacional del Ecuador, Estudiante Maestría en Criminalística y Ciencias Forenses, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.</institution>
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        <institution content-type="dept">Capitán de la Policía Nacional del Ecuador, Estudiante Maestría en Criminalística y Ciencias Forenses, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.</institution>
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        <institution content-type="dept">Licenciado en Laboratorio Clínico, Estudiante de la Maestría en Criminalística y Ciencias Forenses, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.</institution>
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        <country>Ecuador</country>
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        <institution content-type="dept">Médico General, Estudiante de la Maestría en Criminalística y Ciencias Forenses, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.</institution>
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        <country>Ecuador</country>
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    <author-notes>
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        <email>jasilva.fslc@unach.edu.ec</email>
      </corresp>
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        <email>freddysanchezpolit@gmail.com</email>
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        <email>jculloa.fslc@unach.edu.ec</email>
      </corresp>
    </author-notes>

    <pub-date date-type="pub" iso-8601-date="2021-01-02" publication-format="print">
      <day>05</day>
      <month>07</month>
      <year>2024</year>
    </pub-date>
    <volume>7</volume>
    <issue>2.2</issue>
    <elocation-id>e020126</elocation-id>
    <permissions>
        <copyright-statement>© 2020 Ciencia Digital Editorial</copyright-statement>
        <copyright-year>2020</copyright-year>
        <copyright-holder></copyright-holder>
        <license xlink:href="https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/">
          <license-p>This article is distributed under the terms of the <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/">Creative Commons Attribution License</ext-link>, which permits unrestricted use and redistribution provided that the original author and source are credited.</license-p>
        </license>
    </permissions>
    <abstract abstract-type="section">
      <title>Abstract</title>
      <sec>
        <p>Introduction. The objective of this research is to devise a novel technique for restoring alphanumeric series in modified vehicles. It is important to emphasize that heat or conduction treatment comprises a series of technical processes aimed at altering the physical, mechanical, and/or chemical properties of materials, primarily steels and metal alloys. During this process, the metal surface targeted for conduction (heat) treatment reverts to its original state as its molecules are compressed by the abrasive action applied to the surface. A method is applied to the crystallographic surface to reveal the alphanumeric series when the metal is filled in the voids and decompressed, displaying the partial or complete series in grayscale, which may have been erased or altered. It is crucial to note that this methodology, or expertise involving induction (heat), cannot be applied to engines made of aluminum, as it may cause the engine to melt or result in damage to various components due to direct heat application to surfaces. Objective. Explore and analyze emerging challenges, techniques, and trends in the restoration of vehicles that have been altered by heat treatments or extreme driving conditions, in order to provide a comprehensive view that serves as a guide for automotive enthusiasts and industry professionals alike. Methodology.  The methodology applicable to the following study was carried out by collecting relevant information on heat treatments and their effects on materials used in the automotive industry. Likewise, the study of cases of vehicles that have been altered by heat treatments or extreme driving conditions was used as a basis, culminating in the exhaustive analysis of restorative techniques used by experts in the field. Results. The final result was the technique based on heat or the induction of a fire flame applied directly to a soft metal surface, at a certain temperature, which is applied only to the surface where the alphanumeric series are usually engraved. Conclusion.  This is a novel restoration technique involving the application of identification skills to engravings and serial markings on vehicles, particularly those whose alphanumeric series have been tampered with, either by external abrasive agents on various surfaces or by chemical erasure.</p>
      </sec>
    </abstract>
    <trans-abstract abstract-type="section" xml:lang="es">

      <title>Resúmen</title>
      <sec>
        <p>Introducción. La presente investigación tiene como objetivo determinar una nueva técnica de restauración de series alfanuméricas en vehículos alterados, considerando que el tratamiento térmico o por conducción constituye un conjunto de procesos técnicos destinados a modificar las propiedades físicas, mecánicas y/o químicas de los materiales, principalmente aceros y aleaciones metálicas. Esta técnica se enfoca en restablecer la superficie del metal a su estado original, ya que las moléculas se encuentran comprimidas debido a la acción abrasiva aplicada previamente. El método se aplica sobre la superficie cristalográfica para rellenar los vacíos y descomprimir el metal, lo que permite visualizar las series parcial o totalmente borradas o alteradas en una escala de grises. Es importante destacar que esta metodología, también conocida como pericia por inducción de calor, no es aplicable en motores de aluminio, ya que podría ocasionar la fusión del motor o daños en componentes aleatorios debido al exceso de calor directamente sobre las superficies. Objetivo. Explorar y analizar los desafíos, técnicas y tendencias emergentes en la restauración de vehículos que han sido alterados por tratamientos térmicos o condiciones extremas de conducción, con el fin de proporcionar una visión integral que sirva de guía tanto para entusiastas de la automoción como para profesionales del sector. Metodología.  La metodología aplicable al siguiente estudio se llevó a cabo mediante la recopilación de información relevante sobre tratamientos térmicos y sus efectos en los materiales utilizados en la industria automotriz. De igual forma se utilizó como base el estudio de casos de vehículos que hayan sido alterados por tratamientos térmicos o condiciones extremas de conducción, culminando con el análisis exhaustivo de técnicas restaurativas empleadas por expertos en el campo. Resultados. El resultado final fue la técnica basada en el calor o la inducción de una llama de fuego aplicada directamente sobre una superficie de metal dulce, a una temperatura determinada, la misma que es aplicada únicamente sobre la superficie donde habitualmente vienen grabadas las series alfanuméricas. Conclusión.  Es una técnica nueva de restauración en la aplicación de las pericias de identificación de grabados y marcas seriales de vehículos alterados sus series alfanuméricas, ya sean estas alteraciones por agentes abrasivos externos a las diferentes superficies o por borrados químicos. Área de estudio general: Criminalística. Área de estudio específica: Revenidos químicos </p>
      </sec>

    </trans-abstract>

    <kwd-group kwd-group-type="author-keywords">
      <title>Keywords</title>
      <kwd>Restoration alphanumeric</kwd>
      <kwd>altered vehicles</kwd>
      <kwd>heat treatment</kwd>
      <kwd>driving</kwd>
    </kwd-group>
  </article-meta>
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<body>

<sec>
<title>Introducción</title>
<p>La presente investigación tiene como objetivo determinar una nueva
técnica de restauración de series alfanuméricas en vehículos alterados,
teniendo en cuenta que el tratamiento térmico o por conducción
constituye un conjunto de procesos técnicos destinados a modificar las
propiedades físicas, mecánicas y/o químicas de los materiales,
principalmente aceros y aleaciones metálicas. Esta técnica se enfoca en
restablecer la superficie del metal a su estado original, ya que las
moléculas se encuentran comprimidas debido a la acción abrasiva aplicada
previamente. El método se aplica sobre la superficie cristalográfica
para rellenar los vacíos y descomprimir el metal, lo que permite
visualizar las series parcial o totalmente borradas o alteradas en una
escala de grises. Es importante destacar que esta metodología, también
conocida como pericia por inducción de calor, no es aplicable en motores
de aluminio, ya que podría ocasionar la fusión del motor o daños en
componentes aleatorios debido al exceso de calor directamente sobre las
superficies.</p>
<p>Constitución de la República Del Ecuador:</p>
<p>Art. 169.- El sistema procesal es un medio para la realización de la
justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de
simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía
procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se
sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades. <xref ref-type="bibr" rid="bib7">(7)</xref></p>
<p>Art. 195.- La Fiscalía dirigirá, de oficio o a petición de parte, la
investigación pre procesal y procesal penal; durante el proceso ejercerá
la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima
intervención penal, con especial atención al interés público y a los
derechos de las víctimas. De hallar mérito acusará a los presuntos
infractores ante el juez competente, e impulsará la acusación en la
sustanciación del juicio penal. Para cumplir sus funciones, la Fiscalía
organizará y dirigirá un sistema especializado integral de
investigación, de medicina legal y ciencias forenses, que incluirá un
personal de investigación civil y policial; dirigirá el sistema de
protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes en el
proceso penal; y, cumplirá con las demás atribuciones establecidas en la
ley. <xref ref-type="bibr" rid="bib7">(7)</xref></p>
<p>Código Orgánico Integral Penal:</p>
<p>Artículo 443.- Atribuciones de la Fiscalía. -La Fiscalía ejerce las
siguientes atribuciones: 1. Organizar y dirigir el Sistema especializado
integral de investigación, de medicina legal y ciencias forenses. 3.
Expedir en coordinación con las entidades que apoyan al Sistema
especializado integral de investigación, medicina legal y ciencias
forenses o con el organismo competente en materia de tránsito, los
manuales de procedimiento y normas técnicas para el desempeño de las
funciones investigativas. <xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Artículo 456.- Cadena de custodia. - Se aplicará cadena de custodia a
los elementos físicos o contenido digital materia de prueba, para
garantizar su autenticidad, acreditando su identidad y estado original;
las condiciones, las personas que intervienen en la recolección, envío,
manejo, análisis y conservación de estos elementos y se incluirán los
cambios hechos en ellos por cada custodio. La cadena inicia en el lugar
donde se obtiene, encuentra o recauda el elemento de prueba y finaliza
por orden de la autoridad competente. Son responsables de su aplicación,
el personal del Sistema especializado integral de investigación, de
medicina legal y ciencias forenses, el personal competente en materia de
tránsito y todos los servidores públicos y particulares que tengan
relación con estos elementos, incluyendo el personal de servicios de
salud que tengan contacto con elementos físicos que puedan ser de
utilidad en la investigación. <xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Artículo 457.- Criterios de valoración. - La valoración de la prueba
se hará teniendo en cuenta su legalidad, autenticidad, sometimiento a
cadena de custodia y grado actual de aceptación científica y técnica de
los principios en que se fundamenten los informes periciales.</p>
<p>La demostración de la autenticidad de los elementos probatorios y
evidencia física no sometidos a cadena de custodia, estará a cargo de la
parte que los presente. <xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Artículo 458.- Preservación de la escena del hecho o indicios. - La o
el servidor público que intervenga o tome contacto con la escena del
hecho e indicios será la responsable de su preservación, hasta contar
con la presencia del personal especializado. Igual obligación tiene los
particulares que por razón de su trabajo o función entren en contacto
con indicios relacionados con un hecho presuntamente delictivo. <xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Artículo 511.- Reglas generales. - Las y los peritos deberán:</p>
<list list-type="order">
  <list-item>
    <p>Ser profesionales expertos en el área, especialistas titulados o
    con conocimientos, experiencia o experticia en la materia y
    especialidad, acreditados por el Consejo de la Judicatura.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Desempeñar su función de manera obligatoria, para lo cual la o el
    perito será designado y notificado con el cargo.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>La persona designada deberá excusarse si se halla en alguna de
    las causales establecidas en este Código para las o los
    juzgadores.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Las o los peritos no podrán ser recusados, sin embargo, el
    informe no tendrá valor alguno si el perito que lo presenta tiene
    motivo de inhabilidad o excusa, debidamente comprobada.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Presentar dentro del plazo señalado sus informes, aclarar o
    ampliar los mismos a pedido de los sujetos procesales.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>El informe pericial deberá contener como mínimo el lugar y fecha
    de realización del peritaje, identificación del perito, descripción
    y estado de la persona u objeto peritado, la técnica utilizada, la
    fundamentación científica, ilustraciones gráficas cuando
    corresponda, las conclusiones y la firma.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Comparecer a la audiencia de juicio y sustentar de manera oral
    sus informes y contestar los interrogatorios de las partes, para lo
    cual podrán emplear cualquier medio.</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>El Consejo de la Judicatura organizará el sistema pericial a
    nivel nacional, el monto que se cobre por estas diligencias
    judiciales o procesales, podrán ser canceladas por el Consejo de la
    Judicatura.</p>
  </list-item>
</list>
<p>De no existir persona acreditada como perito en determinadas áreas,
se deberá contar con quien tenga conocimiento, especialidad, experticia
o título que acredite su capacidad para desarrollar el peritaje. Para
los casos de mala práctica profesional la o el fiscal solicitará una
terna de profesionales con la especialidad correspondiente al organismo
rector de la materia.</p>
<p>Cuando en la investigación intervengan peritos internacionales, sus
informes podrán ser incorporados como prueba, a través de testimonios
anticipados o podrán ser receptados mediante video conferencias de
acuerdo con las reglas del presente Código. <xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Artículo 580.- Finalidades. - En la fase de investigación previa se
reunirán los elementos de convicción, de cargo y de descargo, que
permitan a la o al fiscal decidir si formula o no la imputación y de
hacerlo, posibilitará al investigado preparar su defensa. Las
diligencias investigativas practicadas por la o el fiscal, con la
cooperación del personal del Sistema especializado integral de
investigación, de medicina legal y ciencias forenses o del personal
competente en materia de tránsito, tendrá por finalidad determinar si la
conducta investigada es delictuosa, las circunstancias o móviles de la
perpetración, la identidad del autor o partícipe y de la víctima, la
existencia del daño causado, o a su vez, desestimar estos aspectos.
<xref ref-type="bibr" rid="bib2">(2)</xref></p>
<p>Código Orgánico General de Procesos:</p>
<p>Art. 221.- Perito. Es la persona natural o jurídica que, por razón de
sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos, prácticos o
profesionales está en condiciones de informar a la o al juzgador sobre
algún hecho o circunstancia relacionado con la materia de la
controversia.</p>
<p>Aquellas personas debidamente acreditadas por el Consejo de la
Judicatura estarán autorizadas para emitir informes periciales,
intervenir y declarar en el proceso. En el caso de personas jurídicas,
la declaración en el proceso será realizada por el perito acreditado que
realice la pericia. En caso de que no existan expertos acreditados en
una materia específica, la o el juzgador solicitará al Consejo de la
Judicatura que requiera a la institución pública, universidad o colegio
profesional, de acuerdo con la naturaleza de los conocimientos
necesarios para la causa, el envío de una terna de profesionales que
puedan acreditarse como peritos para ese proceso en particular. <xref ref-type="bibr" rid="bib1">(1)</xref></p>
<p>Art. 223.- Imparcialidad del perito. La o el perito desempeñará su
labor con objetividad e imparcialidad. Durante la audiencia de juicio
podrán dirigirse a la o al perito, preguntas y presentar pruebas no
anunciadas oportunamente orientadas a determinar su parcialidad y no
idoneidad, a desvirtuar el rigor técnico o científico de sus
conclusiones, así como cualquier otra destinada a solventar o impugnar
su credibilidad. <xref ref-type="bibr" rid="bib1">(1)</xref></p>
<p>Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y orden
público</p>
<p>Articulo. 59.- Naturaleza. - La Policía Nacional es una institución
estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada,
profesional, altamente especializada, uniformada, obediente y no
deliberante; regida sobre la base de méritos y criterios de igualdad y
no discriminación. Estará integrada por servidoras y servidores
policiales. El ejercicio de sus funciones comprende la prevención,
disuasión, reacción, uso legítimo, progresivo y proporcionado de la
fuerza, investigación de la infracción e inteligencia antidelincuencial.
Su finalidad es precautelar el libre ejercicio de los derechos, la
seguridad ciudadana, la protección interna y el orden público, con
sujeción al ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección
interna y orden público. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 60.- Misión. - Tiene como misión la protección interna, la
seguridad ciudadana, el mantenimiento del orden público y, dentro del
ámbito de su competencia, el apoyo a la administración de justicia en el
marco del respeto y protección del libre ejercicio de los derechos y la
seguridad de las personas dentro del territorio nacional, a través de
los subsistemas de prevención, investigación de la infracción e
inteligencia antidelincuencial. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 61.- Funciones. - La Policía Nacional tiene las siguientes
funciones: 7. Vigilar, resguardar, proteger y preservar el lugar,
indicios o vestigios relacionados con el cometimiento de una infracción,
en cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos y
procedimientos establecidos por el Sistema Especializado Integral de
Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 70.- Investigación pre procesal y procesal penal. - Las
actividades que desarrolle la Policía Nacional, a través de los
subsistemas relacionadas con la investigación pre procesal y procesal
penal, estarán bajo la dirección de fiscalía general del Estado, en el
marco del Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina
Legal y Ciencias Forenses. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 77.- Componente de Investigación de la Infracción. - El
componente de la investigación de la infracción es la unidad que se
encarga de coordinar las acciones para la implementación de la política
pública y planificación estratégica institucional en el ámbito de la
investigación operativa de la infracción. Realiza la investigación
técnica y científica de la infracción, bajo los lineamientos y la
coordinación del Servicio Nacional de Investigación, Medicina Legal y
Ciencias Forenses. Es responsable del registro, análisis y control de la
información relacionada con la identificación biométrica y balística a
nivel nacional. En el cumplimiento de sus funciones, dispondrá de
equipos multidisciplinarios conformados por servidoras y servidores
policiales especializados en investigación, medicina legal y ciencias
forenses. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 142.- Entidades Operativas. - En calidad de entidades
operativas, el Sistema contará con la participación del ente
especializado en investigación operativa del ejercicio público de la
acción penal de la Policía Nacional y con el Servicio Nacional de
Medicina Legal y Ciencias Forenses. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 149.- Funciones del Servicio. - El Servicio tiene las
siguientes funciones:</p>
<list list-type="order">
  <list-item>
    <p>Gestionar la investigación técnica y científica pre procesal y
    procesal penal en materia de medicina legal y ciencias forenses bajo
    la instrucción de la fiscalía general del Estado;</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Realizar las actividades técnico-periciales bajo los
    procedimientos estandarizados, reglamentos, manuales y protocolos
    técnicos y científicos nacionales e internacionales y demás
    normativa emitida por el Comité Directivo;</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Prestar servicios especializados y asesoramiento técnico
    científico a la administración de justicia, de conformidad con las
    normas legales de la actividad pericial y administrativa;</p>
  </list-item>
  <list-item>
    <p>Mantener actualizada la información de la gestión técnica y
    científica realizada por el Servicio; y, 5. Las demás que consten en
    este Código y sus reglamentos, o las que le sean asignadas por el
    Comité Directivo dentro del ámbito de sus competencias. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
  </list-item>
</list>
<p>Articulo. 151.- Personal. - El Servicio está integrado por personal
civil y servidoras o servidores policiales especializados en la
investigación técnica y científica, en materia de medicina legal y
ciencias forenses, que, habiendo aprobado los procesos de selección
correspondientes, obtienen esta calidad, de conformidad con el plan de
carrera. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Articulo. 163.- Obligaciones. - Son obligaciones de las y los
servidores, a más de las establecidas en la ley que regula el servicio
público y la normativa pertinente, las siguientes: 2. Desempeñar las
disposiciones ordenadas por la autoridad judicial el fiscal y juez
competentes. 7. Actuar, interpretar y manejar objetivamente la
información obtenida durante la investigación operativa del delito,
estudio de campo o estudio pericial, conforme a criterios técnicos,
éticos y jurídicos, basados en principios científicos vigentes. <xref ref-type="bibr" rid="bib9">(9)</xref></p>
<p>Reglamento del Sistema Pericial Integral de la función judicial:</p>
<p>Articulo12.- Designación. Para la designación de peritos en los
distintos procesos judiciales o pre procesales de la Función Judicial,
se respetarán los principios de profesionalidad, especialidad,
transparencia, alternabilidad, e igualdad. <xref ref-type="bibr" rid="bib6">(6)</xref></p>
<p>Artículo 14.- Designación de peritos funcionarios del sector público
para procesos específicos. Designación de peritos funcionarios del
sector público para procesos específicos. Los peritos que pertenezcan a
instituciones del sector público cuando sean designadas o designados por
la jueza o juez de la causa, actuarán únicamente en los procesos
contencioso-administrativos o tributarios inherentes a sus dependencias,
excepto en el caso de los peritos pertenecientes a la Policía Nacional
del Ecuador, a la Fiscalía General del Estado y los Institutos Públicos
de Criminología y Ciencias Forenses, quienes podrán ser designadas o
designados en cualquier otro proceso. <xref ref-type="bibr" rid="bib6">(6)</xref></p>
<p>Artículo 18.- Obligaciones Generales. - Los peritos calificados
desempeñarán su función de auxiliares de la justicia con objetividad,
imparcialidad, responsabilidad, oportunidad, puntualidad, rectitud,
corrección y honestidad. Su trabajo deberá enmarcarse en todo momento en
la ética, con la presentación de su criterio técnico y especializado,
exento de juicios de valor de ningún tipo.</p>
<p>La obligación del perito es única e integral y comprende las
siguientes actividades: cumplir con la designación dispuesta por la
autoridad judicial competente, la presentación del informe verbal y/o
escrito, la presentación de aclaraciones, ampliaciones u observaciones
al informe, la defensa y/o exposición del informe en audiencias orales,
de prueba o de juicio; así como cualquier otra actividad necesaria
dispuesta por autoridad judicial competente. <xref ref-type="bibr" rid="bib6">(6)</xref></p>
<p>Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la
Policía Nacional</p>
<p>Artículo <xref ref-type="bibr" rid="bib4">(4)</xref>. 160.- Jefatura de Investigación Criminalística Misión.
- Coordinar, supervisar y asesorar la ejecución de la investigación
técnico-científica operativa policial en materia de criminalística,
aplicando conocimientos, principios, técnicas, métodos y procedimientos
estandarizados, mediante la utilización de equipos y herramientas
especializadas, proporcionando elementos de convicción, bajo la
dirección jurídica de la autoridad competente a nivel zonal (tipo 1).
Responsable: Jefe/a de Investigación de Criminalística Atribuciones y
responsabilidades: a) Ejercer el mando y administrar los recursos a su
cargo en el ámbito de sus competencias; b) Ejecutar y evaluar
procedimientos técnico-científicos, acciones preventivas y correctivas,
respecto a la gestión operativa, asignada a la unidad bajo su mando; c)
Generar la información preliminar de un hecho delictivo a investigarse;
d) Ejecutar el procesamiento de la escena de un hecho delictivo en el
ámbito de criminalística; e) Ejecutar el análisis pericial y
técnico-científico en el ámbito de criminalística; f) Ejecutar el
análisis de carácter técnico administrativo en el ámbito de
criminalística, garantizando que el análisis no altere el objeto
analizado, no tenga relación, ni obstaculice o interfiera con una
investigación de acción civil o penal; g) Preservar la cadena de
custodia de indicios y huellas levantados en los procesos investigativos
del delito; h) Coordinar y asesorar a dependencias policiales,
instituciones públicas y privadas en temas de investigación de
criminalística; y, i) Cumplir con las demás atribuciones y
responsabilidades que señalen las leyes y reglamentos. <xref ref-type="bibr" rid="bib4">(4)</xref></p>
</sec>

<sec>
<title>Metodología</title>
<p>RESTAURACIÓN POR MEDIOS TERMICOS</p>
<p>Para realizar el proceso de restauración de series alfanuméricas
sobre superficies metálicas (motor y/o chasis), debemos aplicar los
siguientes métodos, de limpieza, tratamiento, aplicación de calor y
enfriamiento de este, con la finalidad de obtener el resultado propuesto
que es restaurar la serie original que ha sido grabada en las
superficies respectivas:</p>
<p>1. Fotografía de conjunto y detalle: del indicio recibido (vehículo),
tanto de sus cuatro ángulos (parte frontal, posterior costado derecho e
izquierdo), así como de las series alfanuméricas, motor, chasis,
plaquilla metálica o lamina referencial de polímero.</p>
<p>2. Preparación de las superficies:</p>
<p>2.1. Montaje, limpieza y remoción de impurezas: es necesario que el
área a tratar este libre de pinturas, lacas o barnices; así como también
la eliminación de cualquier tipo de aceite o grasa sobre la superficie
que deberán ser removidos con solventes orgánicos como pueden ser éter,
cloroformo, alcohol, acetona, etc.</p>
<p>Al remover este tipo de sustancias se deben usar solventes no
corrosivos o que generen gran abrasión sobre la superficie ya que
provocará una alteración o posible eliminación del número de
identificación.</p>
<p>2.2. Esmerilado grueso: el objetivo de este paso es eliminar de la
superficie los residuos que sufrió por el proceso de supresión y/o
alteración, con la finalidad de lograr que esta superficie tenga un solo
plano para la siguiente etapa. Se utilizan papel de lija abrasivos de
grano (320), discos o papeles abrasivos al agua, ya que la finalidad es
que la superficie este como un espejo para la aplicación de los
reactivos o para la aplicación del calor.</p>
<p>2.3. Pulido final: este lijado es con la finalidad de conseguir una
superficie brillante tipo “espejo” para eso se usan lijas número 500,
también pueden hacerse con papel, tela o pasta esmeril de grano fino. Es
importarte realizar un pulido final sobre la superficie, para poder
visualizar mejor la restauración, ya que dependiendo del tipo de
alteración ya sea por rayado o golpes por percusión no sería factible
visualizar con claridad la serie posiblemente restaurada ya que esta se
aprecia en una escala de grises.</p>
<p>3. Aplicación del calor sobre la superficie: una vez q ha pasado por
los anteriores procesos se procederá a aplicar el calor sobre la
superficie tratada con la finalidad de restaurar la serie alfanumérica
(motor y/o chasis).</p>
<p>“En las soldaduras por gas, al integrase dentro del tipo de las
soldaduras por fusión, se requiere del aporte de una fuente de calor
exterior.</p>
<p>Este calor necesario se obtiene mediante la llama de la combustión de
dos gases, comburente más combustible.”</p>
<p>Gases para utilizar:</p>
<p>En las soldaduras por gas el oxígeno actúa como comburente, mientras
como combustible se pueden emplear varios gases (propano, butano,
acetileno…) en función del tipo de aplicación.</p>
<p>En general, el tipo de gas que se emplee como combustible debe reunir
una serie de propiedades, tales como que alcance una temperatura elevada
de llama, que posea un poder calorífico elevado, y que presente una
mínima reacción química entre la llama y el metal base.</p>
<p>En la soldadura oxiacetilénica la fuente de calor está originada por
la combustión del oxígeno y acetileno.</p>
<p>El acetileno (C2H2) es un gas altamente inflamable, incoloro y más
ligero que el aire (densidad del acetileno, 0.907 kg/m3). De los gases
combustibles, el que dispone de mayor poder calorífico es el acetileno
(poder calorífico del acetileno, 11.600 kcal/kg), lo que permite
alcanzar temperaturas de llama más elevada (superior a los 3.000 ºC) y
posee una gran intensidad de llama y velocidad de combustión, por lo que
es universalmente utilizado en muchos procesos industriales: soldadura y
corte, tratamientos por calor, escarificado, enderezado, temple y
revenido de partes mecánicas…</p>
<p>El proceso se origina por el intenso calor de la llama oxiacetilénica
que eleva la temperatura del metal base, y que permite que el metal de
aportación fluya fundido sobre él la superficie del metal base, que no
llega a fundirse. La superficie del metal base debidamente calentada y
químicamente limpia arrastra hacia el interior por atracción capilar la
película de material de aporte, lo que a su vez origina el enfriamiento
del metal base hasta que el metal de aporte se solidifique.</p>
<p>Esta humectación o mojado del metal base por parte de la película que
forma el metal de aporte dependerá de la naturaleza de los metales a
unir y del estado de sus superficies. En la práctica las superficies se
van a presentar contaminadas por óxidos o grasas que van a impedir un
correcto mojado.</p>
<p>Para obtener resultados satisfactorios es necesario recubrir o
decapar las superficies de las piezas a unir con fundentes
limpiadores.</p>


<p></p>

<p><xref ref-type="fig" rid="fig1"><bold>Figura 1</bold>. <italic>Equipo autógeno</italic></xref></p>

        <fig id="fig1">
            <object-id pub-id-type="doi"/>
            <label><bold>Figura 1</bold>. <italic>Equipo autógeno</italic></label>
            <graphic xlink:href="https://cienciadigital.org/revistacienciadigital2/index.php/AnatomiaDigital/article/download/3062/8244/13608"/> 
        </fig>

</sec>


<sec>
<title>Resultados y Discusión</title>

  <p>La restauración por inducción de Calor o Método a Calor, se la
  realiza por la acción de fuego inducida por medio de un mechero de la
  suelda autógena que está compuesta por un tanque de gas Acetileno y
  otro de Oxigeno, el cual mediante la acción directa de calor a 350
  grados centígrados sobre la superficie molecular serial (rojo vivo),
  nos dará como resultado la restauración total o parcial de la serie
  borrada o erradicada.</p>
  <p><bold>Aplicación</bold></p>
  <list list-type="order">
    <list-item>
      <p>Estado en el que se recibe el vehículo con la superficie del
      motor manipulada.</p>
    </list-item>
  </list>
  <p></p>

<p><xref ref-type="fig" rid="fig2"><bold>Figura 2</bold>. <italic>Estado del vehículo</italic></xref></p>

        <fig id="fig2">
            <object-id pub-id-type="doi"/>
            <label><bold>Figura 2</bold>. <italic>Estado del vehículo</italic></label>
            <graphic xlink:href="https://cienciadigital.org/revistacienciadigital2/index.php/AnatomiaDigital/article/download/3062/8244/13612"/> 
        </fig>

  <list list-type="order">
    <list-item>
      <label>2.</label>
      <p>Preparación de la superficie:</p>
      <list list-type="alpha-lower">
        <list-item>
          <p>Montaje, limpieza y remoción de impurezas:</p>
        </list-item>
        <list-item>
          <p>Esmerilado grueso:</p>
        </list-item>
        <list-item>
          <p>Pulido final:</p>
        </list-item>
      </list>
    </list-item>
  </list>
  <p></p>

<p><xref ref-type="fig" rid="fig3"><bold>Figura 3</bold>. <italic>Superficie de trabajo</italic></xref></p>

        <fig id="fig3">
            <object-id pub-id-type="doi"/>
            <label><bold>Figura 3</bold>. <italic>Superficie de trabajo</italic></label>
            <graphic xlink:href="https://cienciadigital.org/revistacienciadigital2/index.php/AnatomiaDigital/article/download/3062/8244/13613"/> 
        </fig>

  <list list-type="order">
    <list-item>
      <label>3.</label>
      <p>Aplicación del calor sobre la superficie la acción directa de
      calor a 350 grados centígrados sobre la superficie molecular
      serial (rojo vivo).</p>
    </list-item>
  </list>
  <p></p>

  <p><xref ref-type="fig" rid="fig4"><bold>Figura 4</bold>. <italic>Superficie expuesta al calor</italic></xref></p>

        <fig id="fig4">
            <object-id pub-id-type="doi"/>
            <label><bold>Figura 4</bold>. <italic>Superficie expuesta al calor</italic></label>
            <graphic xlink:href="https://cienciadigital.org/revistacienciadigital2/index.php/AnatomiaDigital/article/download/3062/8244/13614"/> 
        </fig>

  <list list-type="order">
    <list-item>
      <label>4.</label>
      <p>Resultado o restauración parcial o total de la serie
      alterada.</p>
    </list-item>
  </list>
  <p></p>

  <p><xref ref-type="fig" rid="fig5"><bold>Figura 5</bold>. <italic>Superficie serie alterada</italic></xref></p>

        <fig id="fig5">
            <object-id pub-id-type="doi"/>
            <label><bold>Figura 5</bold>. <italic>Superficie serie alterada</italic></label>            
            <graphic xlink:href="https://cienciadigital.org/revistacienciadigital2/index.php/AnatomiaDigital/article/download/3062/8244/13615"/> 
        </fig>

</sec>

<sec>
  <title>Conclusiones</title>
  <list list-type="bullet">
    <list-item>
      <p>Es una técnica nueva de restauración en la aplicación de las
      pericias de identificación de grabados y marcas seriales de
      vehículos alterados sus series alfanuméricas, ya sean estas
      alteraciones por agentes abrasivos externos a las diferentes
      superficies o por borrados químicos.</p>
    </list-item>
    <list-item>
      <p>La presente pericia tiene como finalidad, otorgar una mayor
      credibilidad al momento de realizar una restauración por
      conducción; en razón que al momento de aplicar el calor
      directamente sobre la superficie esta vuelve a su estado original
      (superficie cristalográfica), y es de esta manera que las series
      alfanuméricas que fueron grabadas en primera instancia se reflejan
      en una escaña de grises.</p>
    </list-item>
    <list-item>
      <p>Es una técnica basada en el calor o la inducción de una llama
      de fuego aplicada directamente sobre una superficie de metal
      dulce, a una temperatura determinada, la misma que es aplicada
      únicamente sobre la superficie donde habitualmente vienen grabadas
      las series alfanuméricas.</p>
    </list-item>
  </list>
</sec>



</body>
<back>
    <fn-group>
        <title>Competing interests</title>
        <fn fn-type="conflict" id="conf1">
            <p>Los autores declaramos que no conflicto de intereses en relación con el artículo presentado.</p>
        </fn>
    </fn-group>
    <ref-list>
      <title>Referencias Bibliográficas</title>
      <ref id="bib1">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>1.	Asamblea. (2015). CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS. Quito-Ecuador: Registro oficial [Internet]. Disponible en:  https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/2018/09/Codigo-Org%C3%A1nico-General-de-Procesos.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib2">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>2.	Asamblea, N. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Quito: REGISTRO OFICIAL [Internet]. Disponible en:   https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/03/COIP_act_feb-2021.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib3">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>3.	INEN. (2014). Instructivo interno para la elaboración y aprobación de documentos normativos del INEN. QUITO: INEN. https://www.normalizacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2020/09/Procedimiento-General-resoluci%C3%B3n-INEN-INEN-2020-0013-R.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib4">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>4.	INTERIOR, M. D. (2019). ESTATUTO ORGANICO DE GESTION POR PROCESOS. QUITO: REGISTRO OFICIAL. [Internet] Disponible en:  https://www.planificacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/01/Est_Sinp_Sen.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib5">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>5.	ISO, N. (28 de 08 de 2022). NORMAS ISO. Obtenido de https://www.normas-iso.com/</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib6">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>6.	JUDICATURA, P. D. (2018). REGLAMENTO DEL SISTEMA PERICIAL INTEGAL DE LA FUNCION JUDICIAL. QUITO: REGISTRO OFICIAL. [Internet]. Disponible en:  https://asobanca.org.ec/wp-content/uploads/2022/07/Resolucion-Nro.-147-2022-Reglamento-del-Sistema-Pericial-Integral-de-la-Funcion-Judicial.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib7">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>7.	Nacional, A. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Quito: Registro Oficial. Página | 168. https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib8">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>8.	NACIONAL, A. (2017). CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO. QUITO: REGISTRO OFICIAL. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/COA.pdf. </source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib9">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>9.	Nacional, A. (2017). COESCOP. Quito: Registro Oficial [Internet]. Disponible en:   https://www.cienciasforenses.gob.ec/wp-content/uploads/2018/01/COESCOP.pdf.</source>
          </element-citation>
      </ref>
      <ref id="bib10">
          <element-citation publication-type="journal">
              <person-group person-group-type="author">
              </person-group>
              <article-title></article-title>
              <source>10.	MODULO DE IDENTIFICACIÓN DE GRABADOS Y MARCAS SERIALES, AB. MOLINA CALVACHE JEFERSSÓN JOSÉ, 2022. </source>
          </element-citation>
      </ref>
       
    </ref-list>
  </back>
</article>
